TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente, O R D E N A N Z A Nº 232 -------------------------------- ARTICULO 1º: Autorízase a la señora PRUDENCIA B.DE GOYENECHE E HIJOS, ----------------- titular de la Empresa que realiza el transporte colectivo de pasajeros entre la localidad de San Agustín a Balcarce y viceversa, a poner en vigencia a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, las tarifas que a continuación se detallan:----- De San Agustín a Balcarce y viceversa.....................$ 33,50.- De Almacén Latich a Balcarce y viceversa...............$ 22,00.- De Cruce a Tres Esquinas a Balcarce y viceversa....$ 14,00.- De Cruce Los Pinos a Balcarce y viceversa.............$ 15,00.- De Almacén La Curva a Balcarce y viceversa..........$ 12,00.- De Paso Nivel a Balcarce y viceversa......................$ 8,00.- ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.----------------- ----------------- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a cinco días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y seis.- FIRMADO: LUIS C .BUONASSISI - Presidente; MARIA ELENA PAGANINI - Secretaria.---------------------------------